Quien esta obligado a cumplir con la ley de Prevención de Riesgos Laborales.


Oficinas, farmacias, tiendas, artesanía, restaurantes, bares, cafeterías, catering, estéticas, fruterías, kioscos, ópticas, carnicería, moda, deportes, peluquerías, despachos, Apis, floristerías, pubs, guarderías, empresas, naves, comunidades de propietarios, industrias……


Toda empresa con al menos un trabajador en nómina.

Es importante saber que si no se cumple con el concierto en prevención de riesgos laborales y la vigilancia de la salud obligatoria la Inspección de Trabajo puede imponer duras sanciones.

No sólo las empresas están obligada al cumplimiento, también está obligada la Administración,los autónomos con empleados, las comunidades de propietarios así como cualquier persona física o jurídica con al menos un trabajador en el régimen generala cumplir con el concierto en prevención de riesgos laborales y la vigilancia de la salud obligatoria.

Modelos de gestión en materia de prl.
1.- Trabajador designado.
2.- Asunción por parte del empresario.
3.- Servicio de prevención propio.
4.- Servicio de prevención ajeno.

Si usted no conoce como cumplir con la ley de prevención de riesgos laborales, no dude en contar con nosotros. En 24 horas tendrá cubierto el concierto en prevención de riesgos laborales y la vigilancia de la salud obligatoria.


Links de Interes:

Prevencion de Riesgos Laborales
Vigilancia de la Salud
Formación Tripartita